La Ley Orgánica del Ambiente tiene como punto focal el desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del estado y de la sociedad; para tal fin es necesario establecer una serie de normas que implican un compendio de distintas actividades que buscan lograr un ambiente sano, bajo la premisa de un equilibrio ecológico que permita darle continuidad de disfrute de los recursos a las generaciones futuras; y esto debido a que el hombre desde un principio que empezó agruparse formando distintas comunidades que le permitan acercarse a una mejor calidad y cantidad de recursos o bienes, arrastro consigo las distintas modificaciones y alteraciones al ambiente que han venido degradando la misma, por tal motivo es vital la gestión ambiental plasmada en dicha ley la cual conlleva a tomar medidas necesarias de preservación, protección y hasta control de los ecosistemas y recursos naturales, siempre dentro del marco de los principios para el desarrollo de dicha gestión donde se incluyen responsabilidades de manera compartida tanto para el estado como para la sociedad.

lunes, 7 de abril de 2014

Intrumentos Básicos de la Ordenación del Territorio

Planes de ordenamiento territorial
¿Qué son los planes de ordenamiento territorial?
Se entiende por ordenación del territorio la regularización y promoción de la localización de los asentamientos humanos, de las actividades económicas y sociales de la población, así como el desarrollo físico especial, con el fin de lograr el mayor bienestar de la población, la organización de la explotación y uso de los recursos naturales y la protección y valorización del medio.

Instrumentos básicos de ordenamiento del territorio.
Los instrumentos básicos de la ordenación del territorio son:
- Los Planes Regionales de Ordenación del Territorio.
- Los planes nacionales de aprovechamiento de los recursos naturales y los demás planes sectoriales.
- Los planes de ordenación urbanística.
- Los planes de las áreas bajo Régimen de Administración Especial.
- Los demás planes de la ordenación del territorio que demande el proceso de desarrollo integral del país
 
Instituciones encargadas de elaborar los planes.
Las instituciones encargadas de elaborar los planes de ordenamiento del territorio son los siguientes ministerios:
· Planificación y desarrollo.
· Recursos naturales y renovables.
· Relaciones interiores.
· Defensa, producción y comercio.
· Energías y minas e infraestructuras.
 
Lineamiento de los planes de nacionales del ordenamiento del territorio.
Los planes de ordenamiento del territorio deben tener los lineamientos en las siguientes materias:
· Los usos primordiales y prioritarios a que deben destinarse las amplias áreas del territorio nacional, su litoral y los espacios marinos de su influencia, de acuerdo con sus potencialidades económicas, condiciones específicas, capacidad ecológica.
· La localización de las principales actividades industriales, agropecuarias, mineras y de servicios.
· Los lineamientos generales del proceso de urbanización y del sistema de ciudades.
· La identificación y régimen de explotación de los recursos naturales.
 ·El señalamiento y la localización de las grandes obras de infraestructuras relativas a energía, comunicaciones terrestres, marítimas y aéreas; aprovechamiento de recursos hidráulicos; saneamiento de grandes áreas y otras analógicas.
 
Problemas en la zona fronteriza.
Cuando se elabora el plan nacional y los planes regionales se deben considerar los problemas en las zonas fronterizas.
Los principales problemas fronterizos son de tipo demográfico, jurídico, económico, educativo, educativo y de seguridad y defensa.
 
Problemas demográficos.
La movilidad de los grupos indígenas en las zonas fronteriza trae como consecuencia grandes problemas demográficos, tales como: no conocer con exactitud cuantos son y cuantas personas hay para prestarles servicios: escuelas, salud, etc.

Principios que Rigen La Ordenación del Territorio

Principios que Rigen la Ordenación del Territorio.
Las disposiciones que rigen el proceso de ordenación del territorio en concordancia con la estrategia de desarrollo económico y social a largo plazo de la Nación. La ley establece un régimen de aprobaciones (si se trata de entes públicos los solicitantes) y de autorizaciones (si se trata de particulares) en caso de realizarse actividades que impliquen ocupación del territorio de conformidad con la estrategia nacional de desarrollo, los patrimonios territoriales de la Nación, las realidades y las valoraciones ecológica, sociocultural, socioeconómica y geopolítica, de esos patrimonios, para orientar la distribución espacial del desarrollo. Algunas de las áreas bajo régimen de administración especial se rigen por este texto, por lo que en determinados casos tendrá aplicación, como las zonas reservadas para la construcción de presas y embalses; hábitats acuáticos especiales para explotación o uso intensivo controlado; áreas terrestres y marinas con alto potencial energético y minero; zonas de aprovechamiento agrícola; planicies inundables; áreas rurales de desarrollo integrado; áreas de protección y recuperación ambiental; sitios de patrimonio histórico cultural o arqueológico; reservas nacionales hidráulicas; áreas de protección de obras públicas; áreas boscosas bajo protección.

Organización institucional de la Gestión Ambiental


Herramientas de Gestión Ambiental

La Gestión ambiental:
Es aquella parte de la gestión encaminada a lograr la máxima racionalidad en el proceso de decisión relativo a la conservación, defensa, protección y mejora del medio ambiente. La gestión ambiental es por tanto una parte inherente de todos los Modelos de Excelencia ya que está relacionada con el impacto de las organizaciones con su Comunidad y con las partes interesadas. La Gestión ambiental es también uno de lostres pilares de la Gestión Sostenible: resultados a largo plazo con respeto ambiental y responsabilidad social.
 
Las Herramientas de la Gestión Ambiental. 
 Se consideran herramientas de la gestión del ambiente, la ordenación del territorio, la planificación, la evaluación y el control.
 
  •  La Ordenación del Territorio:
La planificación de la ordenación del territorio forma parte del proceso de planificación del desarrollo integral del país, por lo que todas las actividades que se desarrollan a los efectos de la planificación de la ordenación del territorio, deberán estar sujetas a las normas que rijan para el Sistema Nacional de Planificación, una vez éstas establecidas.
 
  • La Planificación:
La planificación del ambiente constituye un proceso que tiene por finalidad conciliar el desarrollo económico y social con la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable. 

  •  La Evaluación y Control Ambiental:
El Estado, a través de la Autoridad Nacional Ambiental, ejercerá el control ambiental
sobre las actividades y sus efectos capaces de degradar el ambiente, sin menoscabo
de las competencias de los estados, municipios, pueblos y comunidades indígenas, en
aquellas materias ambientales expresamente asignadas por la Constitución y las
leyes, garantizando así la gestión del ambiente y el desarrollo sustentable.
 
Ejemplo:
PLAN DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN INTEGRADA DE LAS ZONAS COSTERAS DE
VENEZUELA.
La planificación y gestión integrada de las zonas costeras vincula aspectos ambientales, sociales, culturales y económicos que describen un proceso dinámico y amplio que permite comprender las interrelaciones de los sistemas tanto espaciales como temporales, donde la definición de políticas, para la conservación y sustentabilidad de los ecosistemas costeros radica en desarrollar mecanismos para un compromiso eficaz y sustentable que garanticen la permanencia de los bienes y servicios ambientales y marino costeros. Esta iniciativa tiene como objetivo establecer el marco de referencia espacial y temporal que garantice la conservación, el uso y el aprovechamiento sustentable de la zona costera y permita la elevación de la calidad de vida de los pobladores de Venezuela.

Bajo la premisa del trabajo coordinado durante el período 2004 - 2007 los equipos de trabajo estadales establecieron la delimitación de la zona costera para cada Estado, identificaron, documentaron y jerarquizaron los problemas ambientales, así como los factores críticos de éxito y riesgo de la gestión, diseñaron indicadores de gestión y los respectivos programas de gestión para cada uno de los Estados. Adicionalmente, realizaron procesos de evaluación de la ordenación propuesta para cada entidad y propusieron lineamientos para la ordenación y usos de los espacios costeros. Como resultado de la iniciativa y de la integración de la labor adelantada en los estados costeros se tiene la visualización estratégica del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela.

La orientación y elaboración del POGIZC de Venezuela se emprendió bajo la premisa de ser un instrumento técnico - jurídico compatible con los procesos de planificación territorial a escala nacional y estadal, orientados hacia un proceso de planificación estratégica que tiene como alcance la integración e inducción de políticas sectoriales aplicables a las zonas costeras, asimismo, se pasea por la necesidad de abordar los procesos de planificación territorial a escala local, con lo cual se busca reordenar y direccionar las actividades que se desarrollan en las zonas costeras y por tal, la regulación de los usos del territorio. Dicha labor se abordo bajo dos perspectivas de trabajo, una referida a la gestión integrada de las zonas costeras y otra bajo la visión de lineamientos de ordenación del territorio en cada uno de los estados costeros, sin embargo, ambas conforman la estructura central o bases del plan, las cuales fueron sintetizadas mediante cuatro (04) aspectos; dos de ellos referidos al levantamiento de la situación actual de los elementos integrantes del espacio físico - natural y socioeconómico, un tercer aspecto referido a identificación y evaluación de problemas ambientales y, finalmente el aspecto referente al diseño de criterios, lineamientos y sectorización del territorio costero en unidades de gestión a nivel nacional; para lo cual se consideró las bases jurídicas e instrumentos marco de la planificación territorial y económica y social de Venezuela.

Principios Rectores para la Gestión del Ambiente

Los principios rectores de la gestión ambiental.

Los principios que deben regir una gestión ambiental deberán ser los siguientes:

  •  Integrar la gestión sostenible del ambiente y de los recursos naturales, en todoslos niveles de la gestión pública, con las políticas económicas, sociales, culturales y de ordenamiento territorial, para contribuir a superar la pobreza y lograr el desarrollo sostenible del país, y evitar la toma de decisiones que puedan afectar al ambiente, a los recursos naturales y a los pobladores en forma negativa, garantizando que la base de los recursos del ambiente no se deteriore y se reviertan los procesos de deterioro ambiental.
  • Considerar a la persona humana, o sea el ciudadano, como el objetivo de las preocupaciones ambientales y del desarrollo sostenible, con una visión en el largoplazo de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.
  •  Considerar la protección del ambiente y de los recursos naturales como parte del desarrollo mismo, y no en forma aislada.
  •  Considerar la gestión ambiental eficiente como una oportunidad para el desarrollo del país.
  • Considerar la gestión sostenible del ambiente y de los recursos naturales como parte de las acciones de superación de la pobreza, que es ocasionada también por el deterioro de los recursos productivos.
  •  Considerar la eficiente gestión empresarial con criterios de responsabilidad ambiental y social como parte del compromiso de las empresas. 
  • Generar mayor capacidad para la gestión sostenible del ambiente a través de laeducación, y el incremento de los conocimientos científicos y tecnológicos, conprioridad en las tecnologías innovadoras.
  • Promover la participación responsable e informada del sector privado y de lasociedad civil en la toma de decisiones ambientales y en la vigilancia de su cumplimiento, y fomentar una mayor conciencia ambiental.
  •  Contar con una Política Nacional del Ambiente, que además de ser un mandato constitucional, deberá ser un instrumento de la gestión del Estado.
  • Considerar la gestión ambiental eficiente como parte de la competitividad del país en los mercados internacionales, e integrarla en una Estrategia Nacional de Comercio y Ambiente.
  • Promover la reforma de la legislación ambiental, considerando, entre otros aspectos, la reforma del Código Penal en lo referente a los delitos contra el ambiente, introduciendo el principio que quien ocasiona el daño debe asumir los costos de los daños causados al ambiente y a los ciudadanos.
  • Considerar que ante el peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá ser una razón para postergar la adopción de medidas eficaces.
  • Integrar en la gestión ambiental a las mujeres y a los jóvenes, por ser partes esenciales en el desarrollo sostenible.
  • Atender por parte del Estado a las comunidades tradicionales en la gestión del ambiente por la importancia de sus conocimientos y prácticas tradicionales.
  • Cumplir con los compromisos internacionales asumidos por la Nación deberá ser considerado como una parte importante de la gestión ambiental con una visión de gestión ambiental global.
  •  Promover el ordenamiento territorial , integrando la necesidad de desarrollo nacional con el manejo de cuencas, bosques, zonas marino costeras y áreas protegidas así como la recuperación de ambientes degradados, tomando en cuenta la vulnerabilidad del territorio, con la responsabilidad en los Gobiernos Regionales y Locales.
  • Incorporar en las cuentas nacionales la valoración del capital natural, la degradación ambiental y la internalización de los costos ambientales.
  •  Implementar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para asegurar la participación ciudadana, la coordinación multisectorial y el cumplimiento de los criterios y condiciones de protección ambienta.

domingo, 6 de abril de 2014

Áreas Bajo Regimen de Administración Especial

Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE)
Estas se encuentran definidas dentro de la Ley Orgánica de Ordenación Territorial.  Ellas son porciones de tierra o mar territorial en donde por disposiciones de las Leyes de la República, los usos permitidos y las actividades que pueden realizarse por parte de las entidades públicas o particulares están sometidos a limitaciones o restricciones, independientemente del derecho de propiedad que le asista, a fin de garantizar la conservación, defensa, mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales, la ordenación del territorio, la seguridad y defensa nacional.
En el estado Anzoátegui existen actualmente ocho (8) Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE), distribuidas de la siguiente manera: 
  • Un ( 1 ) Parque Nacional: Mochima. 
  • Un ( 1 ) Area Crítica con Prioridad de Tratamiento: Mesa de Guanipa. 
  • Un ( 1 ) Area Rural de Desarrollo Integrado: Cuenca del Unare. 
  • Una ( 1 ) Zona de Reserva Hidráulica: Río Capravera. 
  • Dos (2) Zonas para Construcción de Presas y Embalses: La Corcovada y Botalón. 
  • Dos (2) Zonas Protectoras: Turimiquire y El Cigarrón.