La Ley Orgánica del Ambiente tiene como punto focal el desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del estado y de la sociedad; para tal fin es necesario establecer una serie de normas que implican un compendio de distintas actividades que buscan lograr un ambiente sano, bajo la premisa de un equilibrio ecológico que permita darle continuidad de disfrute de los recursos a las generaciones futuras; y esto debido a que el hombre desde un principio que empezó agruparse formando distintas comunidades que le permitan acercarse a una mejor calidad y cantidad de recursos o bienes, arrastro consigo las distintas modificaciones y alteraciones al ambiente que han venido degradando la misma, por tal motivo es vital la gestión ambiental plasmada en dicha ley la cual conlleva a tomar medidas necesarias de preservación, protección y hasta control de los ecosistemas y recursos naturales, siempre dentro del marco de los principios para el desarrollo de dicha gestión donde se incluyen responsabilidades de manera compartida tanto para el estado como para la sociedad.

domingo, 6 de abril de 2014

Áreas Bajo Regimen de Administración Especial

Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE)
Estas se encuentran definidas dentro de la Ley Orgánica de Ordenación Territorial.  Ellas son porciones de tierra o mar territorial en donde por disposiciones de las Leyes de la República, los usos permitidos y las actividades que pueden realizarse por parte de las entidades públicas o particulares están sometidos a limitaciones o restricciones, independientemente del derecho de propiedad que le asista, a fin de garantizar la conservación, defensa, mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales, la ordenación del territorio, la seguridad y defensa nacional.
En el estado Anzoátegui existen actualmente ocho (8) Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE), distribuidas de la siguiente manera: 
  • Un ( 1 ) Parque Nacional: Mochima. 
  • Un ( 1 ) Area Crítica con Prioridad de Tratamiento: Mesa de Guanipa. 
  • Un ( 1 ) Area Rural de Desarrollo Integrado: Cuenca del Unare. 
  • Una ( 1 ) Zona de Reserva Hidráulica: Río Capravera. 
  • Dos (2) Zonas para Construcción de Presas y Embalses: La Corcovada y Botalón. 
  • Dos (2) Zonas Protectoras: Turimiquire y El Cigarrón. 


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